El Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad aprobó el pasado 26 de agosto de 2016, el Comentario General N° 4 Este documento desarrolla el significado, alcance y contenido del derecho a la educación inclusiva de las personas con discapacidad, consagrado en el artículo 24 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
El Comentario es el resultado de un proceso participativo, en donde todas las organizaciones de y para personas con discapacidad tuvimos la oportunidad de participar, enviando nuestros aportes y observaciones.
Se trata de una herramienta muy valiosa para la defensa y promoción del derecho a la educación de las personas con discapacidad a nivel universal. El documento desarrolla minuciosamente qué significa educación inclusiva y cuáles son las obligaciones del Estado y de los particulares para garantizar el derecho a la educación inclusiva. En algunos países como por ejemplo Argentina, su contenido es vinculante para los tribunales de justicia.